COFECE sanciona a agentes económicos por modificación de cláusula de no competencia

 Profesional relacionado: Carlos Orcí , Francisco Fuentes Ostos   |      26/04/2024

La Comisión Federal de Competencia Económica ("COFECE") impuso multas a una sociedad y dos individuos por modificar los términos de la cláusula de no competencia prevista en una concentración notificada, desviándose así de los términos aprobados por COFECE.

Como su nombre lo indica, una cláusula de no competencia generalmente obliga al vendedor a no competir con el negocio objeto de la transacción. Estas cláusulas son habituales en transacciones de fusiones y adquisiciones para proteger el valor del negocio adquirido, evitando que un agente económico con conocimientos profundos del negocio y relaciones estrechas con los clientes del negocio busque aprovecharse de dicho know-how y competir con el negocio en cuestión.   Aunque necesarias, las cláusulas de no competencia son, por naturaleza, restrictivas de la competencia. Al evaluar una concentración, COFECE examina si el alcance de la cláusula de no competencia está justificado para proteger la inversión del comprador. Por lo tanto, el alcance de una cláusula de no competencia es uno de los aspectos principales en el análisis de COFECE en los procedimientos de notificación de concentraciones.   Este caso va en línea con las acciones recientes de COFECE en el ámbito de concentraciones, con el fin de que las partes lleven a cabo las transacciones en los términos analizados y autorizados por COFECE.  

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